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PROGRAMA DE TERMALISMO SOCIAL DEL IMSERSO 2016

¿Qué es el programa de termalismo del  IMSERSO?
El Programa de Termalismo del IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales), tiene como fin fundamental mejorar la calidad de vida de las personas mayores. Desde su creación en 1989 este programa se configura como una prestación socio-sanitaria  complementaria a las prestaciones del sistema de la Seguridad Social.
El objetivo del Programa es ofrecer tratamientos termales a los pensionistas del sistema de la Seguridad Social, a precios reducidos, contribuyendo a prevenir, rehabilitar y recuperar funciones y evitar otros tratamientos más lesivos.

¿Qué es la hidroterapia y qué beneficios ofrece?
La hidroterapia, o la utilización del agua de forma terapéutica, es el fundamento del tratamiento en los balnearios. Las aguas de los balnearios pueden aplicarse en afecciones del aparato locomotor, respiratorias, dermatológicas, digestivas, renales o simplemente para combatir el estrés o relajar tanto el cuerpo como la mente.

Por ello, los beneficios de este programa son amplios y variados como:
- Mayor calidad de vida de los usuarios.
 - Mejoría de la salud.
 - Menor asistencia a centros médicos.
 - Menor consumo de productos farmacéuticos.
- Mejora del estado físico.
- Mejora del estado de ánimo.
 - Establecimiento de nuevas relaciones sociales.
El Programa es un instrumento para promocionar el envejecimiento activo y saludable entre la población mayor.

¿Quiénes pueden acceder y participar en el Programa de Termalismo del IMSERSO?
Personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
a) Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente.
b) Ser pensionista de viudedad con 55 años cumplidos.
c) Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 o más años de edad.
d) Seguridad Social español con más de 65 años de edad.
Además deberán reunir los siguientes requisitos:
- No padecer alteraciones del comportamiento que puedan perturbar la normal convivencia en los establecimientos, ni enfermedad transmisible con riesgo de contagio.
- Poder valerse por sí mismo para las actividades de la vida diaria.
- Precisar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
- Alcanzar, de conformidad con el baremo establecido, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
La persona solicitante podrá ir acompañada de su cónyuge o de la persona con quien conviva en relación de pareja, para la que no se exige la obligación de percibir pensión o ser asegurado o beneficiario del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social. Así mismo podrá ir acompañada de un hijo/a que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 45%, siempre y cuando esta discapacidad le permita viajar y comparta habitación con el solicitante.

También pueden acceder al Programa los españoles residentes en el exterior, siempre que perciban una pensión pública española y reúnan los requisitos exigidos.

¿Qué servicios ofrece?
El Programa ofrece turnos de estancia en balnearios, de distinta duración, durante los meses de febrero a diciembre.
Actualmente los turnos tienen una duración de 12 días (11 noches) y de 10 días (9 noches). Estos turnos incluyen los siguientes servicios para los usuarios:
Alojamiento y manutención, en régimen de pensión completa, y en habitaciones dobles de uso compartido.
• Los tratamientos termales básicos que comprenden:
- Reconocimiento médico al ingresar en el balneario.
- Tratamiento termal que, en cada caso, prescriba el médico del balneario.
- Seguimiento médico de dicho tratamiento.
• La realización de actividades de ocio y tiempo libre.
• Los servicios derivados de una póliza colectiva de seguros turísticos.
Los desplazamientos a los balnearios se efectúan directamente por los usuarios con sus propios medios. No obstante la mayoría de los balnerarios ofrecen, mismo, un servicio de acercamiento, desde y hasta la localidad más próxima al balneario con transporte público.
¿Qué necesito para solicitar plaza?
Rellenar el documento de solicitud, bien descargando del enlace más abajo o bien solicitando tanto el documento como la información en cualquiera de los Centros de Mayores de Aragón. No es necesario ningún informe médico por parte de su médico de familia.



¿Hasta cuándo tengo de plazo para la solicitud?
Para los turnos de estancia de los meses de febrero hasta agosto, ambos inclusive:
·         Con prioridad en la adjudicación de plaza: hasta el 11 de enero de 2016.
·         Para su inclusión en el orden que corresponda, en la Lista de Espera de Plazas: hasta el día 11 de mayo de 2016.
Para los turnos de estancia de los meses de septiembre a diciembre, ambos inclusive:
·         Con prioridad en la adjudicación de plaza: hasta el día 11 de mayo de 2016.
·         Para su inclusión en la Lista de Espera de Plazas para la cobertura de plazas que vayan quedando vacantes por distintos motivos: hasta el 31 de octubre de 2016.
La adjudicación de plazas se efectúa de acuerdo con la puntuación obtenida por los expedientes, teniendo en cuenta los balnearios y turnos solicitados.
La resolución adoptada se notifica por escrito a todas las personas solicitantes; en concreto para las personas solicitantes de los turnos de los meses de septiembre a diciembre de 2016, en la segunda semana del mes de julio se notificará por escrito la asignación, en su caso, de las plazas solicitadas.

¿Dónde puedo conseguir más información?
Hay a disposición de los/las solicitantes un teléfono de atención e información, el 901 10 98 99, cuyo horario de atención se extiende de lunes a viernes de 9 a 18 horas.

Enlace para ampliar información:
Balnearios participantes y precios:
Documento de solicitud de plaza:



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